En el siguiente informativo podrás conocer sobre la importancia de la adopción y todas las interrogantes que el tema conlleva.
¿Qué es la adopción?
Es el acto jurídico y psicosocial de ingreso de una persona a una familia distinta de la originaria, en calidad de hija o hijo.
¿Qué tipo de opción existe en Honduras?
- Adopción Infantil: Es una medida de protección bajo la vigilancia del Estado cuya finalidad es garantizar el derecho de la niña o niño en estado de adoptabilidad, a crecer y desarrollarse en una familia.
- Adopción Intrafamiliar: Es la adopción de una niña o niño realizada por una o un adoptante o familia extendida de la o el adoptado.
- Adopción Monoparental: Es la Adopción por una sola persona adoptante, en el marco de la Ley.
- Adopción No Infantil: Adopción de una persona de dieciocho (18) o más años de edad.
- Adopción Prioritaria: Es aquella adopción de niñas o niños que por aspectos especiales relacionados a condiciones médicas específicas, físicas o mentales debidamente acreditadas, pertenencia a grupos de hermanos o etarios u origen étnico, les colocan en condiciones de prevalencia de adopción para el Estado de Honduras, en función de su interés superior.
Proceso de adopción en Honduras:
Para presentar Procesos de Adopción en Honduras, en el caso de adopciones internacionales, es necesario contar principalmente con:
- Aprobación oficial de su país para adoptar
- Estudios de hogar (Estudio socioeconómico, físico y psicológico)
- Certificación de idoneidad.
- Compromiso de seguimiento del desarrollo del niño en el extranjero hasta la mayoría de edad según la legislación del país de los adoptantes (17, 18, 21 años de edad).
IDONEIDAD: Es la condición de elegibilidad para ser solicitante de adopciones nacionales e internacionales, acreditada por los estudios técnicos interdisciplinarios y declarada por la Autoridad Nacional.
Fases del proceso de adopción en Honduras
- Fase Administrativa: Se realiza en el DINAF para dictaminar si los aspirantes a padres adoptivos, cumplen con los requisitos socioeconómicos y sicológicos.
- Fase Judicial: Con base en el dictamen del DINAF y los demás requisitos legales establecidos en el Código de Familia, el Juzgado de letras de familia emite la Sentencia Judicial de autorización de Adopciones Honduras.
- Fase Notarial: Se protocoliza la comunicación de la Sentencia de autorización de la Adopción.
- Fase de Registro: Se procede a la realización de la inscripción en el Registro Civil, donde tiene su inscripción primaria el Adoptado en base a la escritura pública de Adopción.
¿Quiénes pueden adoptar?
- Puede adoptar las personas mayores de 25 años y menor de 60. (Se puede dispensar el mínimo y máximo de edad en aplicación del Principio del Interés Superior del Niño, en los casos calificados.)
- En caso de adopción conjunta, bastará que uno de los cónyuges haya cumplido la edad mínima;
- Por regla general se establece que solo podrán adoptar plenamente los cónyuges que viven juntos y que tengan tres años como mínimo de unión matrimonial o unión de hecho.
- Sin embargo, en caso de personas solteras o en cuanto a las edades en algunas circunstancias, se podrá dispensar este requisito considerando el interés superior del menor.
Nota: Las adopciones infantiles en Honduras deben comenzar o ser a través de la Dirección Nacional de la Niñez Adolescencia y Familia (DINAF), que es la institución de asistencia social hondureña encargada de autorizar este trámite.
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Fuente de Consulta: Dirección de Niñez Adolescencia y Familia DINAF