Si deseas obtener más información sobre los malos tratos y cómo denunciarlos, puedes leer este informativo:
El hostigamiento sexual es cuando una persona pide repetidamente favores sexuales, ya sea para sí misma o para otra persona, en el lugar de trabajo o en escenarios laborales. Estas conductas, también conocidas como acoso sexual laboral, hacen que la víctima se sienta intimidada, incómoda o humillada.
El hostigamiento o acoso sexual se considera una forma de maltrato que daña la dignidad de la persona trabajadora y, además, constituye un delito.
A continuación, te damos algunos ejemplos para que puedas reconocer las situaciones que son consideradas como hostigamiento sexual.
Solicitudes directas de favores sexuales a cambio de beneficios laborales:
Una figura de poder sugiere a una persona empleada que tendrá un ascenso o aumento de sueldo si acepta salir o involucrarse en una relación sexual.
Amenazas o represalias por rechazar acercamientos sexuales: Una persona supervisora amenaza a una empleada con despedirle o negarle oportunidades de promoción si no accede a sus insinuaciones sexuales o rechaza sus propuestas.
Comentarios inapropiados y repetidos sobre el aspecto físico de una persona: Constantemente se hace comentarios sobre la apariencia física de una persona, insinuando que debería vestirse de cierta manera para mejorar su relación laboral o para recibir más atención en la oficina.
Mensajes o llamadas de contenido sexual: Mensajes de texto o correos electrónicos con contenido sexual o insinuaciones a una persona, aprovechando su posición de poder.
Exigencias de comportamiento sexual durante actividades laborales: Se insinúa que una persona debe comportarse de cierta manera o aceptar acercamientos físicos para mantenerse en buenos términos laborales.
Toques o contacto físico no deseados: Abrazos o caricias inapropiadas, justificando que es solo un gesto de amistad o cercanía.
Uso de la autoridad para crear un ambiente hostil: Se promueve una cultura donde los chistes sexuales, los comentarios inapropiados, o las insinuaciones son comunes y se obliga a las personas a participar o tolerar ese comportamiento.
¿Qué otras entidades pueden apoyarte en casos como estos?
Dirección General de Inspección del Trabajo (DGIT)
- Dirección: Cuerpo Bajo B, Centro Cívico Gubernamental José Cecilio del Valle, Boulevard Juan Pablo II. Tegucigalpa M.D.C. Honduras.
- Horario de atención al ciudadano: Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
- Correo electrónico: info@trabajo.gob.hn
Colectiva de Mujeres Hondureñas (CODEMUH)
- Dirección: Choloma Cortés, Barrio La Curva, kilometro 1, Carretera a Ticamaya, media cuadra despuésdel Supermercado La Gran Villa, Frente a la Ferreteria Villamil. 504 Choloma, Honduras
- Teléfono: 2669-1180
- Correo electrónico: mujeresfem@codemuh.hn
Centro de Derechos de Mujeres (CDM)
- Dirección en Tegucigalpa: Colonia Lara Norte, Ave. Manuel José Arce, Calle Lafra N. 834
Tegucigalpa, Honduras, Apartado Postal 4562 - Teléfono: (504) 2221-0459 / (504)2221-0657
- Correo electrónico: cdm@derechosdelamujer.org
- Dirección en San Pedro Sula: Barrio El Centro, 5 calle, 5 y 6 avenida, S.O. Edificio Gámez Panchame, 1er piso, local No. 5 y 6. San Pedro Sula, Honduras
- Teléfono: (504) 9816-7488
- Correo electrónico: adminsps@derechosdelamujer.org
Comisionado Nacional de los Derechos Humanos (CONADEH)
- Dirección: Colonia Florencia Norte, Boulevard Suyapa, Contiguo a banco Lafise, Tegucigalpa, Honduras C.A.
- Teléfono: (504) 2231-0204, (504) 2231-0882, (504) 2235-7697, (504) 2235-3532
- Correo Electrónico: central@conadeh.hn
Este tipo de tratos pueden ser denunciados ante la oficina de recursos humanos o la gerencia de tu centro de trabajo, o a través del mecanismo de denuncia de la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social: https://denuncias.trabajo.gob.hn/
Nota: si deseas recibir apoyo psicosocial u orientación personalizada de diferentes opciones de servicios en el país identificados en Cuéntanos, puedes escribirnos por WhatsApp https://wa.me/50499117158, Facebook https://bit.ly/3jxBJxW o Instagram https://bit.ly/31GBiLK todos los días de 7:00 a.m. a 7:00 p.m. o denunciar a través del mecanismo de denuncia de la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social.
Para continuar informándote sobre este tema, ingresa al siguiente artículo:
Fuentes consultadas:
- Congreso Nacional: Código del Trabajo
- Instituto Nacional de la Mujer: Ley sobre la Igualdad de Oportunidades para la Mujer
- Tribunal Superior de Cuentas: Código Penal