Si deseas obtener más información sobre los malos tratos y cómo denunciarlos, puedes leer este informativo:
El acoso laboral es un comportamiento repetitivo y hostil que una persona o un grupo de personas, en el lugar de trabajo, realizan sobre otra persona con el objetivo de intimidarla, humillarla, degradarla o desestabilizarla.
Cuando este tipo de comportamientos vienen de una persona con un cargo superior sobre otra, se le llama acoso vertical. Sin embargo, cuando los comportamientos intimidantes o humillantes se dan entre compañeros de trabajo de igual nivel, se le llama acoso horizontal.
A continuación, te damos algunos ejemplos para reconocer el acoso laboral, se puede manifestar por medio de:
Amenazas de despido sin justificación: ser intimidado/a repetidamente con ser despedido/a por la supervisión sin que exista una causa legítima, como una forma de ejercer presión.
Sobrecarga de trabajo intencional: se asignan más tareas de las que la persona puede manejar, sabiendo que es imposible cumplir con ellas en el tiempo asignado. Esto se hace como forma de castigo o para desgastar emocionalmente a la persona trabajadora.
Exclusión deliberada: dejar fuera de reuniones importantes, no le informa de cambios relevantes en el trabajo o no le da acceso a recursos claves para realizar sus tareas correctamente.
Descalificación profesional: se menosprecia las habilidades o conocimientos de una persona trabajadora, sugiriendo que no está capacitado/a para realizar su trabajo, a pesar de que cumple con sus responsabilidades. También se puede obstaculizar el avance profesional aun si tiene buen rendimiento, negando la oportunidad de ascender o de participar en programas de capacitación.
Obstaculizar la ejecución de tareas: se niega recursos, información o apoyo necesarios para que una persona pueda cumplir con sus asignaciones de manera efectiva y retiro de responsabilidades claves sin motivo aparente lo que afecta su desarrollo profesional y su percepción dentro de la organización.
Aplicación de medidas disciplinarias innecesarias: pueden ser por faltas menores o errores accidentales que no justifican un castigo formal. Esto se hace con el propósito de intimidar o ejercer control injustificado.
Retroalimentación no constructiva: se utiliza un lenguaje ofensivo para señalar los errores de la persona trabajadora, sin ofrecer sugerencias para mejorar.
Evaluación de desempeño fuera de los parámetros estandarizados: negar promociones, aumentos salariales o reconocimientos a pesar de tener un historial sólido de buen desempeño.
Horarios excesivos: obligar a trabajar turnos de más de 12 horas diarias o sin días de descanso sin que exista una situación de emergencia.
Supervisión innecesaria excesiva: vigila de manera constante cada movimiento de una persona, solicitando actualizaciones continuas y detalles irrelevantes sobre su trabajo, esto puede crear un ambiente de presión y desconfianza y dificultar su desempeño.
¿Qué otras entidades pueden apoyarte en casos como estos?
Dirección General de Inspección del Trabajo (DGIT)
- Dirección: Cuerpo Bajo B, Centro Cívico Gubernamental José Cecilio del Valle, Boulevard Juan Pablo II. Tegucigalpa M.D.C. Honduras.
- Horario de atención al ciudadano: Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
- Correo Electrónico: info@trabajo.gob.hn
Colectiva de Mujeres Hondureñas (CODEMUH)
- Dirección: Choloma Cortés, Barrio La Curva, kilometro 1, Carretera a Ticamaya, media cuadra despuésdel Supermercado La Gran Villa, Frente a la Ferreteria Villamil. 504 Choloma, Honduras
- Teléfono: 2669-1180
- Correo electrónico: mujeresfem@codemuh.hn
Centro de Derechos de Mujeres (CDM)
- Dirección en Tegucigalpa: Colonia Lara Norte, Ave. Manuel José Arce, Calle Lafra N. 834
Tegucigalpa, Honduras, Apartado Postal 4562 - Teléfono y Fax: (504) 2221-0459 / (504)2221-0657
- Correo electrónico: cdm@derechosdelamujer.org
- Dirección en San Pedro Sula: Barrio El Centro, 5 calle, 5 y 6 avenida, S.O. Edificio Gámez Panchame, 1er piso, local No. 5 y 6. San Pedro Sula, Honduras
- Teléfono: (504) 9816-7488
- Correo electrónico: adminsps@derechosdelamujer.org
Comisionado Nacional de los Derechos Humanos (CONADEH)
- Dirección: Colonia Florencia Norte, Boulevard Suyapa, Contiguo a banco Lafise, Tegucigalpa, Honduras C.A.
- Teléfono: (504) 2231-0204, (504) 2231-0882, (504) 2235-7697, (504) 2235-3532
- Correo Electrónico: central@conadeh.hn
Este tipo de tratos pueden ser denunciados ante la oficina de recursos humanos o la gerencia de tu centro de trabajo, o a través del mecanismo de denuncia de la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social: https://denuncias.trabajo.gob.hn/
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Nota: si deseas recibir apoyo psicosocial u orientación personalizada de diferentes opciones de servicios en el país identificados en Cuéntanos, puedes escribirnos por WhatsApp https://wa.me/50499117158, Facebook https://bit.ly/3jxBJxW o Instagram https://bit.ly/31GBiLK todos los días de 7:00 a.m. a 7:00 p.m. o denunciar a través del mecanismo de denuncia de la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social.
Para continuar informándote sobre este tema, ingresa al siguiente artículo:
Fuentes consultadas:
- Congreso Nacional: Código del Trabajo
- Instituto Nacional de la Mujer: Ley sobre la Igualdad de Oportunidades para la Mujer
- Tribunal Superior de Cuentas: Código Penal